Por: Lic. Rogelio Navas Rodríguez, abogado laboralista Costa Rica
El artículo 83 del Código de Trabajo establece la posibilidad de que un trabajador dé por finalizado su contrato de trabajo con responsabilidad patronal, si el patrono no cumple con medidas de prevención para la protección de la salud de sus empleados. Ello implica que ante una epidemia como la del Coronavirus (Covid 19), los patronos deban tomar acción para la mitigación de sus efectos.
Entre las medidas que resultan recomendables está el establecimiento de un protocolo de prevención, el cual debe incluir el cumplimiento obligatorio de las medidas preventivas recomendadas por las autoridades sanitarias. Asimismo, se deben establecer los procedimientos a seguir ante la detección de un posible contagio entre el personal de la compañía. También es importante la promulgación de políticas internas tendientes a sancionar a aquellos que no acaten los protocolos de prevención y atención, pues así se incrementan las posibilidades de que dichos protocolos sean efectivos.
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